
La gerencia de Impuestos Internos pide a los contribuyentes que hayan vendido sus vehículos de motor para que se acojan a las facilidades únicas que otorga la Ley 492’08 sobre traspaso de los derechos de propiedad sobre naves de motor.
Una nota de la Subdirección de Información, Prensa y Publicidad de la Presidencia en Santiago indica que con esta disposición legal, el Gobierno descarga vía Impuestos Internos a los ciudadanos que han traspasado sus vehículos.
La ley 492 08 fue promulgada el pasado 9 de febrero y con la misma se les da un plazo de seis meses para que los ciudadanos que han hecho transacciones con vehículos de motor puedan actualizar los registros de propiedad de los mismos.
La transacción se puede realizar bajo el amparo de estas facilidades, con o sin copia del acto de venta, con apenas llenar un formulario de declaración jurada de venta y el pago de un impuesto único de 300 pesos.
Los vehículos que aparecen en los registros de Impuestos Internos con traspasos pendientes tienen una “Oposición Administrativa” hasta tanto se realicen las transferencias establecidas por las leyes que rigen la materia.
Los contribuyentes que realicen los registros de venta de vehículos recibirán un certificado que les descargará en lo inmediato de las responsabilidades civiles y penales correspondientes.
REQUISITOS PARA TRASPASO VEHICULOS
Los propietarios de vehículos pueden adquirir el formulario de registro con apenas un aporte único de 300 pesos y la entrega de los datos solicitados en el formulario de registro del traspaso entre las partes.
Los formularios en cuestión pueden ser retirados por los contribuyentes en las Administraciones Locales y las Colectarías de la Dirección General de Impuestos Internos, así como en la página Web en la sección formularios.
Subdirección de Información, Prensa y Publicidad
Santiago, jueves 12 de marzo 2009.
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